AMELIE, PRIMERA NIÑA MEXICANA EN TENER PRIMERO APELLIDO MATERNO

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© condiciones al final.

Amelie, una pequeña de dos años de edad, se convirtió en la primera poblana con el apellido materno en primer lugar y el paterno en segundo, tras la sentencia del Juzgado Quinto de Distrito en materia civil de Puebla.

La pequeña que fue registrada en sus primeros días de vida como Amelie Reinah Serrano, los apellidos de Jessica, su mamá, en calidad de madre soltera, fue posteriormente reconocida por su padre, Rafael Corro García, (sin advertir a la madre) y registrada, por él  como comúnmente se hace, con el apellido de él en primer lugar y el de ella posteriormente.

Pero Jessica Reinah Serrano ganó un juicio de amparo para que su hija Amelie sea la primera niña en el país que lleve primero el apellido de su madre antes que el de su padre.

Después de posponerlo por dos ocasiones, el Juzgado Quinto de lo Civil de Puebla entregó este día el acta de la niña con este orden de los apellidos, después de que Reinah recurrió a la justicia federal para apelar que las mujeres deben tener los mismos derechos que los hombres en cuanto al nombre de sus hijos.

La mujer explicó que inició el juicio luego de que su hija tenía dos actas de nacimiento: la que tramitó primero ella como madre soltera, y otra que fue expedida posteriormente por el registro civil cuando su expareja decidió reconocer su paternidad sobre la menor.

En esta segunda acta, los apellidos de Amelie habían quedado en el orden acostumbrado en México, que es primero el paterno y después el materno.

Reinah reclamó al padre de la niña esta modificación que fue sin previo aviso, cuando ella se había hecho cargo de su hija en todos sentidos, desde su nacimiento.

El padre de la niña le mandó un correo con el siguiente mensaje: “para tu mala suerte en México primero está el hombre y después la mujer”.

IGUALDAD DE DERECHOS DE MUJERES Y HOMBRES

El juicio de amparo llevado bajo el número 1977/2015 es el primer caso nacional que reconoce el derecho de un hijo de ser registrado con el apellido materno antes que el paterno, por lo que marca un hito en la historia de los derechos de género en México.

Reinah dijo que decidió promover este recurso legal porque le pareció que este cambio en el nombre de su hija atenta contra la igualdad de derechos entre la mujer y el hombre.

 

Primer acta de nacimiento con apellido de la madre primero“Es una bella sentencia que manifiesta que no sólo en tratados internacionales, en la constitución y en formas escritas se debe hablar de igualdad, sino en lo cotidiano”, expresó la mujer quien es abogada y empresaria.

Aclaró que esta posibilidad de pedir que el apellido materno vaya primero en el nombre de los hijos, es un derecho que puede tener cualquier mujer, aun cuando no sean madres solteras y sean divorciadas, casadas o vivan en unión libre.

Mencionó que la ley sólo refiere que el niño o niña deberá llevar el apellido de los dos padres, sin especificar el orden, por lo que el hecho de que aparezca primero el del padre es producto de costumbres e inercias  de una sociedad machista (y patriarcal).

Antes de este miércoles, el juzgado civil había pospuesto en dos ocasiones la entrega del acta de nacimiento que daba por ejecutada la sentencia de amparo a su favor, debido a que exigían como requisito la presencia de ambos padres y el progenitor de Amelie se había resistido a atender el citatorio.

¿CUÁL APELLIDO DEBERÍA IR PRIMERO?

La inconformidad de la madre, la llevó a interponer un juicio de amparo, el 1977/2015, para mantener su identidad inicial, empoderar a las mujeres y evitar según ella, la discriminación de género por inscribir por costumbre, primero el apellido paterno y luego el apellido materno.

“Como siempre por cuestión de costumbre, el primer apellido es paterno y el segundo, materno (…) pero no dice que primero el papá y luego la mamá”, agregó.

Reinah Serrano subrayó que esto, ahora ya cambió, y con la primer Acta de Nacimiento la justicia federal le otorga el privilegio de poder que su hija sea la primera menor en el país de portar en primer lugar su apellido, de la madre, y en segundo el del padre.

Y es que consideró que las mujeres tienen el derecho de solicitar que sus hijos lleven su apellido en primer lugar, toda vez que en la ley no se dicta expresamente el orden de inscripción de los apellidos.

“Estoy feliz de que tengamos esa dicha de abrir brecha para muchas mujeres que podrían estar en mi situación y que podamos tener un reconocimiento y que no sólo los hombres lo tengan”, completó.

Derivado del recurso que promovió, el Juzgado Quinto de Distrito de lo Civil emitió la sentencia para que el Juzgado Quinto del Registro Civil, repusiera el registro de la pequeña, con la condición de que ambos padres se presentaran a realizar el trámite.

Edith Dumit Suárez, titular del Juzgado Quinto del Registro Civil, explicó que el segundo registro de Amelie, con el apellido paterno en primer lugar, se concedió el año pasado, toda vez que el padre, Rafael Corro, cumplió con las disposiciones establecidas en el Código de Procedimientos Civiles para tal trámite, pese a la ausencia de su hija.

Y agregó que el Registro Civil no puede eliminar el apellido paterno por mera petición de la madre, toda vez que además del derecho a la identidad, los menores tienen también el derecho a tener un padre y una madre, “la paternidad no se pude renunciar, es intransferible, irrenunciable, imprescriptible, se es padre toda la vida”, precisó.

Sin embargo agregó, tras la sentencia de amparo, atendió a la resolución, haciendo su nuevo registro ahora con la petición también de la madre de inscribir su apellido en primer lugar.

¿En qué orden se deben registrar los apellidos de los hijos?

Por costumbre ancestral, en el patriarcado, debido a la patrilinealidad, el apellido del padre va de primero secundado por el apellido de la madre, y si el padre no reconoce el hijo, se registrará con los apellidos de la madre.

Siendo antropóloga, me permito opinar que el orden de los apellidos sí tiene implicaciones en los derechos de los hijos y su descendencia, ya que el primer apellido es el que se transmite (ver más abajo el inciso: Patrilinealidad y Matrilinealidad).

PATRILINEALIDAD Y MATRILINEALIDAD

Es común en muchas sociedades que los individuos, tras el nacimiento queden encuadrados en un grupo de parientes. Para ello, en estas sociedades funcionan las llamadas reglas de descendencia (también llamadas de filiación en las traducciones españolas). Los grupos de descendencia (descent groups) más corporativos son los que se crean a partir de la llamada descendencia unilineal, de modo que se puede sostener que esta última es la filiación por excelencia. En cuanto a los criterios que utilizan las distintas sociedades para crear los grupos de descendencia, éstos se reducen a dos: el nacimiento y el matrimonio.

Esta descendencia unilineal es de dos tipos: patrilineal y matrilineal. Mediante la primera, todos los hijos e hijas habidos de la unión matrimonial son reclutados como miembros del grupo del padre, pero en la siguiente generación sólo los hijos de los varones podrán transmitir esta pertenencia (apellido en el caso que nos ocupa, ya que sólo se transmite el primer apellido), y no así las hijas, puesto que en el principio de la filiación patrilineal se halla implícita la idea de que la misma únicamente se transmita por vía de los varones. En la filiación matrilineal sucede justamente al revés: los hijos varones pertenecen al grupo de filiación pero no transmiten la filiación.

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En un futuro post trataré sobre la ley o costumbre de que la mujer al casarse debe renunciar a su apellido paterno y/o materno y cambiarlo por el del esposo

FUENTES:

Belén Cancino, Puebla.

http://www.gerencie.com/en-que-orden-se-deben-registrar-los-apellidos-de-los-hijos.html

http://www.excelsior.com.mx/nacional/2016/07/07/1103499

http://www.proceso.com.mx/446445/amelie-la-primera-nina-en-mexico-llevara-primero-apellido-materno

http://ocw.unican.es/humanidades/introduccion-a-la-antropologia-social-y-cultural/material-de-clase-1/tema-4.-antropologia-de-la-familia-y-el-parentesco/4.14-la-familia-troncal

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© Silvia Eugenia Ruiz Bachiller

Imágenes tomadas de internet.

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